La Convención sobre las Armas Biológicas
Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción y el Almacenamiento de Armas Bacteriológicas (Biológicas) y Toxínicas y sobre su Destrucción
La Convención sobre las Armas Biológicas, el primer tratado multilateral sobre desarme en prohibir el desarrollo, la producción y el almacenamiento de toda una categoría de armas de destrucción en masa, quedó abierto a la firma el 10 de abril de 1972. La Convención entró en vigor el 26 de marzo de 1975.
La Segunda Conferencia de Examen (1986) acordó que los Estados partes habrían de poner en práctica una serie de medidas de fomento de la confianza (MFC) destinadas a prevenir o reducir la incidencia de ambigüedades, dudas y sospechas, y a mejorar la cooperación internacional en el ámbito de las actividades biológicas con fines pacíficos. Las MFC fueron ampliadas por la Tercera Conferencia de Examen (1991).
En virtud de estos acuerdos, los Estados partes se comprometieron a presentar informes anuales –mediante el empleo de formularios acordados– sobre actividades específicas relativas a la Convención sobre las Armas Biológicas, tales como las siguientes: datos sobre laboratorios y centros de investigación; información sobre instalaciones de producción de vacunas; información sobre programas nacionales de investigación y desarrollo en materia de defensa contra la armas biológicas; declaración de actividades pasadas en el marco de programas de investigación y desarrollo biológico con fines ofensivos y/o defensivos; información sobre brotes epidémicos de enfermedades infecciosas e incidencias similares causadas por toxinas; publicación de resultados y promoción del empleo de conocimientos y contactos; información sobre legislación, reglamentaciones y otras medidas.
Reconociendo la necesidad de continuar consolidando la Convención sobre las Armas Biológicas, se estableció un grupo de expertos gubernamentales (VEREX) en la Tercera Conferencia de Examen (1991) para identificar y examinar posibles medidas de verificación desde el punto de vista científico y técnico. Durante una Conferencia Especial en septiembre de 1994, los Estados partes acordaron establecer el Grupo Ad Hoc de los Estados partes en la Convención sobre las Armas Biológicas encargado de negociar y desarrollar un régimen de verificación jurídicamente vinculante para la Convención.
La Cuarta Conferencia de Examen (1996) acogió con beneplácito la decisión del Grupo Ad Hoc de intensificar su labor con miras a finalizarla antes de la Quinta Conferencia de Examen que habría de celebrarse en 2001. El Grupo Ad Hoc no pudo concluir las negociaciones relativas al proyecto de instrumento jurídico (protocolo).
Debido a la persistencia de opiniones y posiciones divergentes respecto de ciertas cuestiones clave, la Quinta Conferencia de Examen (2001) decidió aplazar sus deliberaciones y reanudar su labor en noviembre de 2002 en Ginebra. La Conferencia volvió a reunirse en noviembre de 2002 y adoptó un Informe Final que incluyó una decisión de celebrar reuniones anuales de los Estados partes y reuniones de expertos en los tres años siguientes de preparación para la Conferencia de Examen de 2006.
La Sexta Conferencia de Examen (2006) logró realizar un examen exhaustivo de la Convención, adoptando un documento final por consenso. Los Estados partes adoptaron un plan detallado para promover la adhesión universal, y decidieron actualizar y simplificar los procedimientos para la presentación y distribución de las medidas de fomento de la confianza (MFC). Por otra parte, adoptaron un programa integral entre períodos de sesiones que abarcaba desde 2007 hasta 2010. En un importante avance, la Conferencia acordó establecer una Dependencia de Apoyo a la Aplicación (DAA) para asistir a los Estados partes en la aplicación de la Convención.